Se creó el «Registro de Operadores de Soja Autorizados» y la «Unidad Ejecutiva Interdisciplinaria de Monitoreo» y derogó la Resolución 109/09, referida a la eliminación de la posibilidad de importación temporaria de porotos de soja, para «aumentar el uso de la capacidad instalada de molienda».
Así lo ordena la Resolución Conjunta 438/2012, 269/2012 y 1001/2012 de los ministerios de Economía, Industria y Planificación, publicada hoy en el Boletín Oficial. Y posteriormente fue explicado en una conferencia de prensa que ofrecieron los ministros de Economía, Hernán Lorenzino y de Industria, Débora Giorgi,  los secretarios de Estado, Alex Kicillof y Guillermo Moreno y otros funcionarios.
La medida se adoptó ante la necesidad de «aumentar el uso de la capacidad instalada de molienda de porotos de soja», ya que «aunque se molió en 2011 un total aproximado de 37.000.000 de toneladas de soja, el sector registró una alta capacidad ociosa por falta de disponibilidad de dicha materia prima».
«Dicha situación generó que algunas empresas importantes del sector, entre ellas Vicentín, interrumpan su actividad con el consiguiente impacto negativo para los puestos de trabajo del sector», recuerda en sus considerandos.
Y consigna que durante un encuentro mantenido en marzo de 2012, entre funcionarios de la Secretaría de Comercio Interior y los principales actores de la industria aceitera, estos últimos solicitaron se contemple la posibilidad de incrementar los derechos de la exportación sobre porotos de soja a fin de aumentar la capacidad de compra en el mercado local del complejo aceitero, y así incrementar el nivel de utilización de capacidad instalada.
«Esta solicitud no parece apropiada en el marco de incentivar la producción y competitividad del productor agrícola», remarca la norma.
La creación del Registro (ROSA), en la órbita de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca «fortalecer el control y fiscalización del Régimen de Importación Temporaria de Soja»; y la Unidad de Monitoreo, integrada por los citados tres ministerios y la AFIP, tendrá como misión «proteger la dinámica virtuosa para todo el sector».
Los operadores inscriptos en ese registro podrán acceder al Régimen de Importación Temporaria para Perfeccionamiento Industrial, establecido en 2004 para expandir las exportaciones y estimular la actividad económica, la generación de empleo y de valor agregado local.
Inicialmente, por cada tonelada de mercadería a importar se deberán adquirir cinco toneladas para procesamiento en el mercado local; la mercadería importada deberá recibir un perfeccionamiento industrial, con la obligación de exportarlas para consumo a otros países; y la mercadería ingresada al amparo del presente régimen no podrá ser exportada sin procesar ni nacionalizada.

Fuente Sala de Prensa – Presidencia de la Nación