Se prevén subas de 0,15 pesos por litro en combustibles líquidos.

Foto Archivo www.fmspacio.com

La Cámara de Expendedores de Combustible de Santa Fe confirmó que, a partir de mañana, se generalizará el cobro de 15 centavos por litro de combustible líquido en las estaciones de servicio de la región, lo que en la práctica significará un aumento de 5 a 15 centavos por litro.

El presidente de la Cámara de Expendedores de Combustible, Ricardo Bértola, reconoció que varios profesionales presentaron recursos de amparo. No obstante, aclaró que «nuestros asesores legales nos dicen que esto es legal, en tanto se avise al consumidor con carteles y se facture por separado el adicional por servicio».
Como informó oportunamente este diario, desde la semana pasada varias estaciones de servicio del interior comenzaron a cobrar el Cargo Adicional por Gastos de Comercialización de combustibles, o derecho de playa, si bien en esta capital el subsecretario de Defensa al Consumidor de la Nación, José Luis López, aseguró que «no es un aumento de nafta, porque no fue definido por el gobierno nacional. Por lo tanto, es totalmente ilegal», subrayó.
«La aplicación será progresiva porque los estacioneros tenemos que adecuar los equipos computadorizados. El valor definido se corresponde con un estudio que realizó nuestra federación en todo el país. Ésa es la pérdida de rentabilidad que tuvo el sector en los últimos años», apuntó Alberto Boz, ex presidente de la citada cámara.
Ante una consulta, Boz indicó que, «por el momento, no hubo diálogo con el gobierno provincial; si bien en la Nación la confederación tiene contactos, hasta el momento no hay modificaciones» en el cuadro de situación.
Según Boz, la aplicación del derecho de playa será amplio, ya que a los estacioneros comunes se sumarán los que se denominan de «bandera con contrato». Las oficiales todavía no tienen decidido aplicar el citado derecho de playa.
Por otra parte, abogados locales consultaban hoy en Tribunales, tanto de Santa Fe como de Rosario, la marcha de las presentaciones judiciales para evitar el cobro del citado derecho, en el marco de la Ley 10.000 -de Intereses Difusos.

Fuente ElLitoral.com