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El ex arzobispo de la ciudad de Santa Fe fue condenado a ocho años de prisión por abuso sexual agravado por su condición de sacerdote. La jueza María Amalia Mascheroni resolvió de esta forma la única causa abierta que pesaba sobre el ex prelado. La causa tuvo inicio ante la denuncia del ex seminarista Rubén Descalzo, por un hecho ocurrido en el año 1992, que fue denunciado 10 años después.


En tanto, el abogado de Storni, Eduardo Jauchen, apeló el procesamiento y en consecuencia el expediente recaerá en la Cámara de Apelaciones en lo Penal.
El caso Storni tomó repercusión en el año 2000, a partir de una denuncia publicada en el libro «Nuestra Santa Madre», de la periodista Olga Wornat, presentado por la nombrada en la Feria del Libro de Santa Fe.
La denuncia provocó conmoción en la ciudadanía.
En septiembre de 2002, el entonces arzobispo santafesino renunció a su cargo y envió una carta al papa Juan Pablo II en la que no reconocía «culpas» ni «acusaciones».
Tres meses después, Storni declaró en sede judicial y negó los cargos, siendo reemplazado por monseñor José María Arancedo.
De allí en más, el ex arzobispo se recluyó en una finca de La Falda, provincia de Córdoba, propiedad del Arzobispado santafesino, y gestionó su jubilación, beneficio que le fue otorgado.
En febrero de 2003, el ex juez de Instrucción Eduardo Giovanini lo procesó por el presunto delito de abuso sexual en perjuicio de un ex seminarista.
En aquel dictamen, el magistrado desestimó otras dos denuncias contra la autoridad religiosa al considerar que el tiempo transcurrido superaba el establecido para analizar la causa.
Seguidamente, el juez de Instrucción Darío Sánchez, remitió al magistrado de sentencia 2, Alejandro Echarte, el expediente en el que el ex arzobispo Edgardo Gabriel Storni se encontraba procesado por abuso sexual.
En su presentación, el ex seminarista Rubén Descalzo había declarado que «me hizo pasar a su departamento, donde sólo había una lámpara encendida. Hablamos mucho y me convenció para que fuera. Cuando llegamos a la puerta me abrazó. El abrazo comenzó a prolongarse y me apretó más contra su cuerpo. Colocó su cara en mi cuello y me besó».
La causa tuvo muchas idas y vueltas, se sucedieron las apelaciones y recusaciones, el expediente pasó por varios despachos hasta recalar en el de la jueza Mascheroni.
En declaraciones a Télam, el abogado defensor de Storni, Eduardo Jauchen, dijo que «la justicia lo condenó a 8 años de prisión, que es la pena mínima, por abuso sexual agravado por la condición del autor. En este caso, se trataba de un sacerdote que estaba a la guarda».
«Esta sentencia no satisface las exigencias constitucionales de lo que debe ser una resolución adecuada a la decisión definitiva que, con grado de certeza en un proceso penal, se requiere para condenar a un ciudadano», puntualizó.
«No solamente el juez debe estar convencido de que ocurrió el delito sino que además la certeza tiene que surgir de las pruebas que existen en la causa. En este proceso existe una total orfandad probatoria para arribar ni siquiera a un estado de probabilidad de la autoría del delito que se le atribuye a Storni», agregó.
«No puede ser que por sospechas, rumores o versiones unilaterales se condene a una persona. Nuestro sistema democrático y republicano trata de evitar este tipo de arbitrariedades. Por lo tanto, o vivimos en democracia y república o seguimos viviendo en el caos, el desorden y culpamos a una persona por comentarios», remarcó también.
Finalmente, Jauchen dijo que «en este momento, Storni tiene o está por cumplir 74 años. En este proceso llevamos más de 7 años.
Por lo tanto, en el peor de los casos, tendría que cumplir con el arresto domiciliario por su edad y estado de salud» y añadió que «esta es la única causa en la que no fue absuelto el ex arzobispo. Lógicamente, ya apelé este fallo».