El asueto administrativo regirá para el personal de la Administración Pública Nacional los días 23 y 30 de Diciembre, a partir de las 12 horas y el 26 de diciembre y 2 de enero de 2012. No alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.
Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 184/2011 que dispone otorgar asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 23 y 30 de diciembre de 2011, a partir de las 12 horas y los días 26 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012.
Se instruye a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.
Se aclara que la medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.
El Decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y del ministro del Interior, Florencio Randazzo.
En los considerandos expresa que los días 23 y 30 de diciembre del año en curso, vísperas de las festividades de la Natividad de Nuestro Señor Jesucristo y del Año Nuevo son días laborables. Agrega que las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo para todas las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio.
Asimismo y a fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos.
Que con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 23 y 30 de diciembre de 2011, a partir de las 12 horas, y 26 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012.