El Ministerio de Agricultura dispuso la creación del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria y la derogación de la antigua resolución de la ex Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca), que había creado un registro de operadores.
La Resolución 302/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial, afirma que mediante laa norma de 2008 de la Oncca se había creado el Registro Único de Operadores de la Cadena Comercial Agropecuaria Alimentaria, que establecía los requisitos que debían observar las personas físicas o jurídicas de las cadenas comerciales agroalimentarias.
Al disolverse el organismo en febrero de 2011, se dispuso que la operatoria referida a la matriculación y fiscalización de las personas físicas y jurídicas que intervengan en el comercio y la industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias, será llevada adelante por el Ministerio de Agricultura.
La norma prorroga por única vez, y hasta el 30 de noviembre de 2012, el período de vigencia de las matrículas vigentes otorgadas al amparo de la Resolución 7953/08.
En tanto, en los anexos de la resolución se especifican los requisitos de inscripción, con carácter de declaración jurada, que deberán cumplir aquellos comerciantes o industriales de la cadena agroalimentaria, según el rubro.