La Secretaría de Agricultura reasignó, por resolución publicada en el Boletín Oficial, un cupo de exportación de 754,77 toneladas de Leche y nata concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante, en polvo y gránulos con destino a la República de Colombia para el año 2012.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca reasignó, por resolución N° 676/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, un cupo de exportación de 754,77 toneladas de Leche y nata concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante, en polvo y gránulos con destino a la República de Colombia para el año 2012.
La medida, que comienza a regir mañana, estable que el incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la penalización de los infractores en la distribución del próximo cupo, conforme lo establecido por el Artículo 16 de la Resolución Nº 379 del 19 de julio de 2006 de la Secretaria de Agricultura.
Indica, además que para acceder a la entrega del Certificado de Autenticidad que ampara dicho cupo, los beneficiarios deberán tener regularizada su situación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de tal exigencia los 30 días corridos anteriores al envío a Colombia de los productos correspondientes.
La resolución lleva la firma del secretario de Agricultura, ganadería y Pesca, Lorenzo Basso.