La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fiscalizó a 155 corredores de granos y detectó una evasión que perjudicaría al fisco en unos 130 millones de pesos.
Tras un operativo sorpresa a los intermediarios de la cadena de compraventa de granos, del total de los operadores relevados, el 38 por ciento podrían ser suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos por operaciones irregulares.
«El operativo se enmarca dentro de las acciones tendientes a reducir las actividades marginales que perjudican no sólo al Estado, sino que representan una competencia desleal para los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales», informó la AFIP en un comunicado.
Paralelamente, estas fiscalizaciones «permiten morigerar las maniobras generadoras de operaciones engañosas que se realizan en los distintos sectores de nuestra economía».
En este sentido, se llevó a cabo un procedimiento con foco en la actividad de corredores de granos, definida como la intermediación entre los productores y los compradores, a cambio de una comisión de tipo variable a las partes.
Estas acciones de la AFIP permiten actuar en forma preventiva y oportuna, evaluando la permanencia en el Registro Fiscal de Operadores de Granos de quienes operan con «empresas fantasmas» o sin capacidad económica, con el fin de ocultar la identidad de los verdaderos productores de los granos.
Una de las mayores irregularidades detectadas la AFIP son «las operaciones efectuadas con `empresas fantasmas` que permitirían la utilización directa o indirecta de créditos fiscales inexistentes». Estas maniobras son sancionadas con la suspensión del Registro Fiscal de Operadores de Granos al corredor y, en algunos casos, hasta la exclusión directa.
De hecho, como resultado del procedimiento, 34 corredores están siendo analizados minuciosamente para ser suspendidos del Registro dispuesto en la RG 2300/2007 (AFIP), por ser usuarios significativos de facturación apócrifa.
La suspensión y/o exclusión del Registro Fiscal de Operadores de Granos significa que estos corredores no podrán tener el beneficio de una alícuota menor en la retención a practicarse y las cartas de porte necesarias para la operatoria estaría limitada, lo cual «afectaría significativamente la competitividad en el mercado, dificultando ostensiblemente el accionar diario de los intermediarios».
Fuente Agencia Télam