La nueva normativa tiene como objetivo evitar la dispersión de esta parasitosis de los bovinos a zonas libres.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución N° 382/2017, implementa un nuevo Plan Nacional de Control y/o Erradicación de la Garrapata del Bovino Rhipicephalus (Boophilus) microplus.
La normativa busca evitar la propagación de esta parasitosis de los bovinos a las zonas libres del país, un control estratégico en las zonas infestadas, y la erradicación en una zona o región cuando se establezca un plan superador.
El nuevo plan nacional está basado en cuatro pilares fundamentales: la preservación de la zona libre de garrapatas; el control y/o erradicación mediante la aplicación de criterios básicos del tratamiento integrado y el uso racional de los productos veterinarios garrapaticidas; la salvaguarda de la inocuidad de los alimentos de origen bovino mediante el buen uso de los garrapaticidas; y el reconocimiento de planes óptimos provinciales y/o regionales.
La Resolución, que reemplaza el Plan Nacional de Lucha contra la Garrapata vigente desde 1999, indica que las autoridades provinciales puedan diseñar planes sanitarios de control y/o erradicación, los cuales deben ser convalidados por el Senasa.
Los Entes Sanitarios con los que se acuerde la ejecución de tareas de asistencia sanitaria, serán los que tendrán a su cargo la ejecución operativa (caracterizar áreas y establecimientos de riesgo, supervisar bañaderos y cronogramas de tratamientos garrapaticidas), el seguimiento y la correspondiente evaluación de la marcha del plan zonal o regional.
La garrapata común del ganado bovino Rhipicephalus (B.) microplus es un parásito externo que se alimenta de la sangre y otros fluidos de su hospedador. La infestación del ganado con elevadas cargas parasitarias genera un impacto negativo en los rodeos, además de mermas y mortandad debida a las enfermedades asociadas como la babesiosis (principalmente) y la anaplasmosis.
Fuente SRLC