FM Spacio dialogó con el Sr. Sergio Barrios – Presidente del Centro de Producción, Industria y Comercio de Franck – sobre el «Día del Empleado de Comercio» informando desde el comunicado enviado a todos sus socios y las resoluciones de la Ley Provincial por medio de la Federación de Centros Comerciales como lo escuchamos en el audio de la nota realizada.
Excepciones al cierre obligatorio dispuesto por la Ley Provincial 13441 (aplica en el caso de las localidades adheridas a esa Ley Provincial).
ARTÍCULO 5.- Quedan excluidos de la limitación establecida en los artículos precedentes:
a) los establecimientos comerciales que sean atendidos por sus dueños y que no superen los ciento veinte (120) metros cuadrados de superficie;
b) los establecimientos ubicados en las estaciones terminales de cualquier medio de transporte;
c) los locales que se encuentren en centros y/o paseos comerciales, que no superen los doscientos (200) metros cuadrados de superficie;
d) la recepción, distribución y venta de diarios, periódicos y revistas;
e) los establecimientos que presten servicios velatorios y de sepelio;
f) las farmacias;
g) los establecimientos que presten servicios esenciales de salud, transporte, hotelería, telecomunicación (excepto que realicen ventas comerciales) y expendio de combustibles;
h) los establecimientos cuya actividad principal sea elaboración y/o venta de pan, pastelería, repostería, heladería, comidas preparadas, restaurantes, bares;
i) los videos clubes, florerías, ferreterías;
j) los teatros, cines, juegos infantiles, circos y todos aquellos destinados a esparcimiento;
k) los establecimientos dedicados a la venta de libros, música y videos de películas y/o similares;
1) los mercados de abasto de concentración de carnes, aves y huevos, pescados, legumbres y frutas.
m) las ferias y mercados municipales.